El párrafo 19 de la Declaración de Doha hacia Hong Kong: ¿Un paso adelante para el respaldo mutuo entre el Acuerdo sobre los ADPIC y el Convention sobre la Diversidad Biológica? [PUENTES] (December 2004) (Oliva)

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Si bien la mayor parte de la Organización Mundial de Comercio (OMC) pasará el invierno analizando el estado de los debates varios y los temas aún por discutir, el Consejo de los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) ya lleva tiempo analizando un tema que perfila cada vez más como candidato a una resolución positiva en Hong Kong: la divulgación de origen. En marzo del 2004, Brasil, Cuba, Ecuador, India, y otros países en desarrollo presentaron una lista recapitulativa de cuestiones vinculadas a la divulgación de la fuente y el país de origen del recurso biológico y el conocimiento tradicional como una de las maneras de incrementar el respaldo del Acuerdo sobre los ADPIC a la Convención sobre la Diversidad Biológica (CDB), según lo requerido por el párrafo 19 de la Declaración Ministerial de Doha.2 Esa lista recapitulativa, a la que este grupo de países ha ido sumando conceptos y precisiones, no sólo constituye la base efectiva de discusiones, sino que también ha ido sumando apoyo y adhesión a la incorporación del requisito de la divulgación de origen al régimen de patentes. El presente artículo examinará brevemente el creciente consenso sobre la importancia y viabilidad de la divulgación de origen, analizando también el fondo general de la discusión y ciertos elementos claves a desarrollar durante el próximo año para lograr su resolución en Hong Kong o al final de la Ronda de Doha.

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